lunes, 2 de junio de 2008

DIARIO EL MOSTRADOR

Esta es una publicación del diario el mostrador. http://www.elmostrador.cl/ lo cual nos afecta directamente si quieren modificar la ley de construccion y urbanismo, ya que como siempre no esta pensada en los ciudadanos sino que en los empresarios con el único fin de lucrar.

1 de junio de 2008

Llamado a las ciudadanas y los ciudadanos de Chile
Por Katia Cotoras y Moisés Scherman *Rechazamos el Proyecto de Ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Al analizar detalladamente este proyecto en su articulado, sin considerar el mensaje de “hermosas” intenciones que fundamentan la necesidad de una nueva ley, podemos concluir que está escrito con bellas palabras que no se concretan, ni son coherentes con lo propuesto, produciendo confusión y no permitiendo entender que detrás del cambio de las palabras territorio por urbano se enmascara un libertinaje a las normas sin control interministerial ni menos de la ciudadanía. Es una planificación propuesta de carácter arbitrario, arcaica, es decir un retroceso en el proceso de planificación con incumplimiento a los convenios internacionales de Participación Ciudadana en el uso del suelo. Cuando se revisa el texto actual con el texto propuesto, se concluye que se requieren cambios para las ciudades, pero en otra dirección. Las razones de rechazo son enumeramos a continuación:-No queremos nuevas chaitenes en Chile, una situación previsible si se hubieran considerado los factores geológicos, los riesgos de inundación por su ubicación y su crecimiento poblacional en el tiempo. ¿Cuántas ciudades en Chile permiten la ocupación habitacional en áreas de inundación? (por ejemplo las áreas aledañas a Concepción) ya que el municipio no dispone de los fondos para estudios de la cuenca, estudios geológicos, hídricos, etc.El Estado a través de los Planes Regionales e Intercomunales debe normar sobre la ocupación de las áreas de riesgo. El proyecto de ley del Ejecutivo, elaborado sin ninguna participación de la ciudadanía, libera más aún al Estado de esta obligación de velar por el bien común al retirar la obligación de considerar las normas del Plan Intercomunal en el Plan Comunal. En la época de la Colonia existían criterios más exigentes que los propuestos en este proyecto de ley. -No queremos conflictos sociales en nuestras ciudades por la ubicación de proyectos inmobiliarios que afecten a las comunidades. Hoy día hay reglas quizás insuficientes, pero que permiten ampararse a los ciudadanos en el Plan Regulador Comunal. El proyecto aumenta los conflictos creando confusión y arbitrariedad al aplicar al mismo territorio planificación por zonificación y condiciones, al permitir seccionales obedeciendo a un esquema director, al crear zonas de desarrollo urbano condicionadas sin cumplir con las mitigaciones básicas y externalidades negativas del crecimiento urbano en las áreas agrícolas. La especulación excesiva daña el derecho a la propiedad creando una planificación caso a caso con faltas a la probidad, al derecho a la igualdad, en los administradores del territorio que son los municipios.-Queremos participar en las decisiones de Planificación Urbana de nuestro barrio. El país firmó el convenio de la Agenda 21 reconociendo el derecho a participación de las ciudadanas y ciudadanos en el territorio. Cada chilena y chileno invierte su mayor sueño y patrimonio familiar en su casa, por lo que nuestra mayor inversión debe estar protegida de la excesiva especulación. Queremos plebiscitos en los planes reguladores comunales como se realizan en muchos países con transparencia y democracia, y no esquemas directores confusos, ambiguos a la ciudadanía o “seccionales” que permiten modificar las normativas sin la suficiente transparencia.-Queremos que Chile sea reconocido por sus bellezas escénicas, por la calidad de su turismo. Queremos continuidad, integración y coherencia en las políticas de Estado acertadas y bien evaluadas por la ciudadanía, como por ejemplo la proyección internacional que ha estado haciendo Sernatur de un turismo de naturaleza que debe guardar coherencia con lo que el país efectivamente ofrece. Las áreas protegidas requieren resguardo sobre todo hoy día, para mitigar los efectos adversos del cambio climático. Sin embargo, en vez de promover la presencia de la ley 19.300, la cual ni se nombra, el proyecto retira la aprobación del SAG de las decisiones de planificación en suelo agrícola.-Queremos que cada día Chile sea más reconocido por su vocación exportadora de recursos silvioagropecuarios, pero esto requiere que el área agrícola no sea invadida por la especulación de las zonas de desarrollo condicionado. El mundo agrícola requiere protección de la contaminación de las ciudades, de los poblados en las cercanías de los cultivos. Chile no es reconocido por la calidad de sus ciudades sino por la calidad de su territorio, de sus cultivos agrícolas. En este proyecto nada se dice de estos espacios interfaces entre lo agrícola y los poblados rurales o ciudades, según sea el caso; no se establecen mecanismos de mitigación adecuados permitiendo la aplicabilidad de las Zonas de Desarrollo Urbano Condicionado (ZODUC) en todo el territorio, otra incoherencia ahora de que hablamos de medidas que protejan la seguridad alimentaria. - Queremos ciudades ambientalmente sustentables. Somos un país con déficit energético que requiere disminuir sus costos de transporte. El Sistema de crecimiento planteado por las Zoduc sin considerar áreas de trabajo en sus centros gestará un crecimiento urbano asociado a grandes costos de transporte por desplazamiento: casa, trabajo, escuela, produciendo externalidades negativas las cuales a no estar debidamente mitigadas en la legislación terminarán siendo asumidas por el Estado.- Queremos el fortalecimiento de la planificación en sus diversas áreas de acción, regional, intercomunal o metropolitana y comunal. A nivelrRegional el Estado deberá entregar los estudios de cuencas, geológicos etc. A nivel intercomunal se necesita conformar la Oficina de Planificación dentro del Gobierno Regional unificando las diversas oficinas fiscales y las diversas Seremi para abordar la planificación en forma integral e interdisciplinaria. En las tomas de decisiones territoriales nuestros alcaldes deben participar en forma vinculante en el plan intercomunal. A nivel comunal, es imperativo que los directores de obra municipales y asesores urbanistas vuelvan a ser profesionales especializados y no simples asesores inmobiliarios.Lo que planteamos no son sueños sino acciones legales concretas basadas en nuestra Constitución Política, ya que las limitaciones y obligaciones del dominio en nuestro sistema constitucional derivan de su función social. En la declaración de principios establece que el bien común impone al Estado asumir aquellas tareas que no pueden ser abordadas por personas o grupos intermedios. El rol del Estado en su aplicación en el ámbito social, ambiental y económico adquiere una dimensión permanente regulando la habitabilidad de las construcciones, seguridad, eficiencia, salubridad. En la habitabilidad del entorno predial creando normas para dar protección al entorno, respeto por las condiciones naturales ya sean geológicas, hidrológicas, con una densidad urbana adecuada. En la habitabilidad del espacio urbano cuidando la calidad del medio ambiente, suficiencia de infraestructura sanitaria y energética, suficiencia de la infraestructura vial, respeto a la zonificación del Plan Regulador. Por lo tanto, una Ley General de Urbanismo y Construcciones debe propender al mejoramiento de la habitabilidad de los asentamientos humanos velando porque las construcciones en si mismas den seguridad y salubridad a las personas que las habiten, determinando las condiciones mínimas para que la edificación no deteriore el entorno de los predios vecinos y ordene el espacio urbano para proveer a la comunidad un hábitat adecuado, todo ello en cumplimiento de velar por el bien común conciliando los intereses particulares desde una perspectiva superior.Si llevamos al texto propuesto nuestros principios constitucionales de habitabilidad sacaríamos por conclusión que este texto no aborda la primera prioridad de la planificación como es la función social y por lo tanto las limitaciones urbanísticas propuestas vulneran la esencia de los atributos y facultades del dominio, creando además desigualdad ante la ley, perdida de la conservación del patrimonio ambiental y perdida de la utilidad y salubridad pública de todos los ciudadanos. Si además consideramos los compromisos internacionales adquiridos de habitabilidad, este proyecto rompe con el convenio base de nuestra legislación internacional que es la Agenda 21 acuerdo marco, para todos los convenios comerciales.Por lo tanto, considerando todas estas causales, la Ciudadanía y las Organizaciones que la representan, concluyen al igual que nosotros, que este proyecto debe ser rechazado. ____________________________________________________*Katia Cotoras es Arquitecta y miembro de la Comisión Legislativa TerritorialMoisés Scherman es Economista y miembro de la Red Ciudadana por Ñuñoa
Publicado por Gabriel E. en 11:13 PM
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